INTRODUCCIÓN
La atención de emergencias sanitarias es una de las funciones prioritarias de la COFEPRIS en coordinación con las Entidades Federativas, cuya estrategia es un incremento de las acciones y cultura de la prevención contra riesgos sanitarios.
OBJETIVO
Establecer los mecanismos de coordinación y operación entre las diferentes unidades administrativas de la COFEPRIS, la Secretaría de Salud, las entidades federativas y otras dependencias del gobierno federal
ALCANCE
El presente procedimientoserá aplicable al personal responsable de la atención de emergencias sanitarias, para sistematizar el proceso a nivel nacional.
LINEAMIENTOS GENERALES. QUE SE DEBE DE REPORTAR Y COMO.
Conforme al Reglamento de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, se registrarán los eventos conforme a la siguiente clasificación:
-Desastres naturales;
-Brotes por enfermedades infecciosas y/o emergentes;
-Exposición a otros agentes (accidentes químicos);
-Hospitales (enfermedades nosocomiales en actividades competencia de la COFEPRIS);
-Acciones preventivas (eventos de concentración masiva).
1-DESASTRES NATURALES
En el caso de las emergencias por desastres naturales, éstas se deben reportar a 24 horas de sucedido, en caso de fenómenos predecibles como las trayectorias de huracanes se deben reportar al menos 5 días antes y a la ocurrencia se reportará diariamente, semanal y al término del evento ( se utilizan notas informativas y para las actividades diarias y concentradas el formato 3)
INSTRUCCIÓN
- Delimitar áreas y grupos vulnerables
- Atención médica y hospitalaria
- Vigilancia epidemiológica y sanitaria
- Control de vectores
- Promoción de la salud
- Medidas de control y protección
Apoyo diagnóstico humano y ambiental
RESPONSABILIDAD DE COEPRIS
- Visitas y recorridos en zonas afectadas para la evaluación de daños y propuesta de solución.
- Determinaciones de cloro residual libre en la red, en sistemas de abastecimiento de agua y carros pipa de distribución de agua para uso y consumo humano;
- Cloración de depósitos de agua;
- Distribución de cloro;
- Toma de muestra de agua para determinación rápida de coliformes totales y E. coli;
- Muestras ambientales a través de siembra de hisopos (Moore y Spira);
- Encalamiento de focos infecciosos;
- Distribución de material impreso;
- Instalación de equipos de desinfección y plantas potabilizadoras;
- Verificación de sistemas de abastecimiento de agua;
- Verificación de establecimientos competencia de protección contra riesgos sanitarios (refugios temporales, centros de manejo de alimentos, centros de acopio, cocinas comunitarias, tiendas de abarrotes y de autoservicio, mercados, plantas purificadoras de agua y hielo, escuelas, medicamentos e insumos para la salud, centros de atención médica, establecimientos de sustancias tóxicas);
- Aplicación de medidas de seguridad sanitaria como aseguramiento, suspensión de actividades, destrucción;
- Toma de muestra para análisis en laboratorio;
- Distribución de plata coloidal;
- Platicas de manejo higiénico de alimentos y saneamiento básico; y
- Distribución de material impreso de difusión de materias de promoción de la salud;
2-BROTES POR ENFERMEDADES INFECCIOSAS O EMERGENTES
Los eventos provocados por brotes de enfermedades infecciosas y/o emergentes, así como por hospitales, deben notificarse en un plazo no mayor de 24 horas, por cualquier medio de comunicación siempre que se corrobore que la información se haya recibido, no obstante se dará un tiempo adicional por cuestiones de atención del evento, no mayor a 48 horas, se permitirá que la información a través de los formatos establecidos sea enviado posterior a la notificación; (utilizar formato 5, adicionalmente también se puede utilizar el formato 3 para reportar actividades)
Cuando se trate de una emergencia por brotes de enfermedades infecciosas o emergentes debido al consumo de alimentos, dependiendo del caso y magnitud del brote, la COS (Comisión Operación Sanitaria) podrá coordinarse con otras Comisiones, a fin de solicitar apoyo del personal técnico, que de ser necesario se solicitarán los recursos materiales y financieros (Ver Procedimiento para la atención de emergencias derivadas de brotes, enfermedades infecciosas y/o emergentes GAEP/09).
INSTRUCCIÓN
- Delimitar áreas de riesgo y grupos vulnerables
- Garantizar la atención médica, psicológica y hospitalaria
- Realizar vigilancia epidemiológica y sanitaria
- Contar con apoyo diagnóstico (humano y ambiental)
- Establecer el Programa para el control de vectores
- Definir el Programa de Comunicación de Riesgos y de promoción de la salud
- Adoptar las medidas de proteccióny control
- Contar con los recursos humanos y materiales necesarios
RESPONSABILIDAD DE COEPRIS
- Vigila la calidad del agua.(cloro residual en agua potable)
- Realiza acciones de saneamiento básico.
- Realiza vigilancia sanitaria de establecimientos y productos.(muestreo de; agua potable, embotellada y alimentos p/ análisis microbiológico) V. cholerae.
- Acciones de promoción y fomento; Buenas prácticas-cursos
- Siembra hisopos aguas blancas y negras, buscar V. Cholerae.
- Fortalecer vínculos- Organismos operadores de agua y Epidemiología.(notificación oportuna)
FACTORES QUE PREDISPONEN BROTES
- Hacer caso omiso a señales de alarma en el comportamiento de un padecimiento
- “Bajar la guardia” en las acciones ante una supuesta disminución de casos de una enfermedad
- Irresponsabilidad de otras instituciones en la realización de su quehacer diario
- Desplazamiento en la realización de actividades por días inhábiles o periodos vacacionales
- Exceso de confianza en los sistemas de vigilancia existentes
3-EXPOSICIÓN A OTROS AGENTES (accidentes químicos);
La notificación por accidentes químicos/exposición a otros agentes, se realizarán en un plazo no mayor a 76 horas mediante los formatos respectivos; (UTILIZAR FORMATO 6, ADICIONALMENTE TAMBIEN SE PUEDE UTILIZAR EL FORMATO 3 PARA REPORTAR ACTIVIDADES)
INSTRUCCIÓN
- Delimitar áreas de riesgo y grupos vulnerables
- Garantizar la atención médica, psicológica y hospitalaria
- Realizar vigilancia epidemiológica y sanitaria
- Contar con apoyo diagnóstico (humano y ambiental)
- Definir el Programa de Comunicación de Riesgos y de promoción de la salud
- Adoptar las medidas de proteccióny control
- Contar con los recursos humanos y materiales necesarios
RESPONSABILIDAD DE COFEPRIS- COEPRIS
- Identifica el agente en cuestión, evalúa y notifica el riesgo a la salud (tipo, cantidad, efectos sobre la salud y el medio ambiente y movilidad del agente).
- Conforma brigadas federales y se coordina con brigadas estatales.
- Realiza monitoreo especializado y análisis sociopolítico.
ACTIVIDADES PREVENTIVAS
EVENTOS DE CONCENTRACIÓN MASIVA
Las concentraciones masivas/acciones preventivas se notificarán entre los 8 y 15 días de haber iniciado el evento, el informe se deberá enviar al principio del evento y al final del mismo, en caso de tener una duración mayor, se informará semanalmente. (Ferias, carnavales, peregrinaciones etc. utilizar el formato 3)
HOSPITALES (ENFERMEDADES NOSOCOMIALES EN ACTIVIDADES COMPETENCIA DE LA COFEPRIS);
Deben notificarse en un plazo no mayor de 24 horas, por cualquier medio de comunicación siempre que se corrobore que la información se haya recibido, no obstante se dará un tiempo adicional por cuestiones de atención del evento, no mayor a 48 horas, se permitirá que la información a través de los formatos establecidos sea enviado posterior a la notificación;
Todas las actividades diarias durante una emergencia (actividades de campo) se registran en el formato 2(registro de actividades diarias por brigada), al final de las actividades diarias, se junta esta información de las brigadas y se pasa la información al formato 3 y este es el que se envía por Internet.
Cuando en las coordinaciones municipales (COPRIS) se detecte o registre un brote de enfermedades, accidentes químicos, desastres naturales, enfermedades nosocomiales o eventos de concentración masiva, se deben de reportar a la brevedad a oficinas centrales en COEPRIS con el Líder Estatal del Proyecto de Emergencias para coordinar las acciones y la forma de notificar a COFEPRIS.
Las acciones de protección contra riesgos sanitarios a desarrollar en la atención de emergencias, comprenderán aquellas que son competencia de la COFEPRIS, en cuanto a la vigilancia y fomento sanitario así como el saneamiento básico, aplicando los procedimientos que se han desarrollado al respecto y llenando las diferentes cédulas diseñadas para realizar las actividades (ver anexo IX), dentro de las acciones podemos mencionar:
- Visitas y recorridos en zonas afectadas para la evaluación de daños y propuesta de solución.
- Determinaciones de cloro residual libre en la red, en sistemas de abastecimiento de agua y carros pipa de distribución de agua para uso y consumo humano;
- Cloración de depósitos de agua;
- Distribución de cloro;
- Toma de muestra de agua para determinación rápida de coliformes totales y E. coli;
- Muestras ambientales a través de siembra de hisopos (Moore y Spira);
- Encalamiento de focos infecciosos;
- Distribución de material impreso;
- Instalación de equipos de desinfección y plantas potabilizadoras;
- Verificación de sistemas de abastecimiento de agua;
- Verificación de establecimientos competencia de protección contra riesgos sanitarios (refugios temporales, centros de manejo de alimentos, centros de acopio, cocinas comunitarias, tiendas de abarrotes y de autoservicio, mercados, plantas purificadoras de agua y hielo, escuelas, medicamentos e insumos para la salud, centros de atención médica, establecimientos de sustancias tóxicas);
- Aplicación de medidas de seguridad sanitaria como aseguramiento, suspensión de actividades, destrucción;
- Toma de muestra para análisis en laboratorio;
- Distribución de plata coloidal;
- Platicas de manejo higiénico de alimentos y saneamiento básico; y
- Distribución de material impreso de difusión de materias de promoción de la salud;
ATENCIÓN DE LOS EVENTOS.
Una vez que haya sido notificada una emergencia sanitaria y se haya realizado la evaluación correspondiente, si como resultado de dicha evaluación se indica que no es necesario el apoyo con recursos materiales o humanos, se mantendrá contacto con el líder estatal y se realizará el seguimiento de la emergencia, a través de los informes diarios y el acumulativo (en el formato 3), hasta que se levante la emergencia.
Cuando la entidad federativa no requiera apoyo con recursos humanos, pero la magnitud del evento implica el apoyo con recursos materiales y/o financieros, se le solicitará a la entidad el oficio indicando las necesidades para la atención, la DEPE a través de la GAEDP realizará la gestión y se envían los insumos que de manera general se otorgan.
Cuando un fenómeno rebase la capacidad de atención con los recursos locales o de la entidad federativa afectada y que por consiguiente deba considerarse una participación Federal, la COFEPRIS se coordinará internamente, a fin de que en conjunto con el estado realice la evaluación de daños y toma de decisiones para la participación in situ de la atención de la emergencia y/o el envío de material, insumos o equipo. La entidad federativa afectada deberá enviar por escrito la solicitud de la participación del nivel federal en las actividades de atención.
1 USO DE CLORO Y PLATA COLOIDAL
Para garantizar, que el agua para uso y consumo humano y la ingesta segura de vegetales y frutas, en la atención de emergencias sanitarias, se emplea el hipoclorito de calcio, hipoclorito de sodio y plata coloidal con resultados satisfactorios, con ello se ha evitado riesgos sanitarios en comunidades afectadas. Tanto la plata coloidal y el cloro son desinfectantes empleados ampliamente gracias a su poder bactericida y bajo costo, sus características fisicoquímicas y su empleo a las concentraciones sugeridas no causa efectos nocivos a la salud.
El cloro se presenta en hipoclorito de sodio y de calcio. El hipoclorito de sodio (comúnmente conocido como blanqueador) es un líquido fácil de conseguir y se puede obtener comercialmente en concentraciones de 2% hasta un 6% de “cloro activo”. El hipoclorito de calcio, en cambio, es un sólido (granulado o en pastilla) que se expende en cuñetes en concentraciones de hasta 65% de “cloro activo”.
Hipoclorito de Calcio
El hipoclorito de calcio tiene dos presentaciones: en forma granulada y en pastillas con diferentes concentraciones, comercialmente se encuentra en cubetas de plástico de 45 Kg. Para el uso de hipoclorito de calcio es de suma importancia conocer la concentración del compuesto a efecto de utilizar la cantidad que tenga el efecto microbicida en un volumen conocido de agua.
Una pastilla de hipoclorito de calcio (7 g aproximadamente) al 65% contiene 4.55g de cloro activo, al diluirla, en 1000 litros de agua, se logra una concentración de 4.55 mg/L (ppm) de cloro libre residual, considerando que el agua en la que se diluye la pastilla se encuentra libre de materia orgánica, sales minerales y condiciones que minimizan la pérdida de cloro. Con base en la experiencia que se tiene en la atención a emergencias, se ha observado que al adicionar una pastilla de hipoclorito de calcio al 65% en 1000 L de agua, se obtiene una concentración de cloro libre residual inferior a 4.55 ppm, esto se debe a que el cloro total actúa con la materia orgánica presente en el agua tratada, las sales minerales y la volatilización que presenta el cloro.
Después de la aplicación del hipoclorito calcio, este debe de tener un tiempo de contacto con el agua de 30 minutos para que actúe el cloro libre sobre los microorganismos presentes.
Tabla 1. Cantidades de hipoclorito de calcio a utilizar en volúmenes conocidos de agua para obtener una determinada concentración de cloro activo en porciento.
HIPOCLORITO DE SODIO (CLORO COMERCIAL)
Las tablas 2 y 3 muestran el volumen en gotas o mililitros que hay que adicionar para desinfectar agua para beber partiendo de soluciones a diferentes concentraciones de cloro activo.
Tabla 2
CLORO ACTIVO | DOSIS DE CLORO PARA OBTENER UNA CONCENTRACIÓN DE 2 ppm POR VOLUMEN DE AGUA(para agua clara pero contaminada) | |||
% DE CLORO ACTIVO | 1 LITRO | 10 LITROS | 15 LITROS | 20 LITROS |
2 | 2 gotas | 20 gotas | 30 gotas | 40 gotas |
3 | 2 gotas | 13 gotas | 20 gotas | 27 gotas |
4 | 1 gota* | 10 gotas | 15 gotas | 20 gotas |
5 | 1 gota* | 08 gotas | 12 gotas | 16 gotas |
6 | 1 gota* | 07 gotas | 10 gotas | 14 gotas |
*Dosis mínima posible | nota: 20 gotas = 1ml |
Tabla 3
CLORO ACTIVO | DOSIS DE CLORO PARA OBTENER UNA CONCENTRACIÓN DE5 mg/ litro POR VOLUMEN DE AGUA (para agua turbia y muy contaminada*) | |||
% DE CLORO ACTIVO | 1 LITRO | 10 LITROS | 15 LITROS | 20 LITROS |
0.5 | 20 gotas | 10 ml | 15 ml | 20 ml |
1 | 10 gotas | 05 ml | 7.5 ml | 10 ml |
2 | 5 gota | 2.5 ml | 3.75 ml | 5 ml |
5 | 2 gota | 20 gotas (1 ml) | 1.5 ml | 2 ml |
10 | 1 gota | 10 gotas(0.5 ml) | 15 gotas (0.75 ml) | 20 gotas ( ml) |
nota: 20 gotas = 1ml |
* Si el agua está muy turbia, se recomienda filtrarla con un cedazo y posteriormente clorarla.
Plata coloidal
La plata solo tiene propiedades desinfectantes en su estado coloidal, esto es cuando se presenta en partículas extremadamente pequeñas que permanecen en suspensión y que por su tamaño se cargan eléctricamente con mucha facilidad. En ese estado también es conocida como proteína de plata, sales de plata, proteína de plata ligera y proteína de plata fuerte.
La plata no es particularmente tóxica para los seres humanos y al ser ingerida, el cuerpo absorbe solo fracciones muy pequeñas de ella, en las concentraciones que se utilizan para desinfectar el agua, no se ha observado toxicidad alguna en el ser humano. La OMS no ha propuesto un valor guía para la plata en el agua de bebida, precisamente por esa relativa seguridad que manifiesta. En el tratamiento con plata a las concentraciones recomendadas no se producen sabores, olores ni colores anormales en el agua.
Tabla 6
Volumen de plata coloidal al 0.36% | Litros de agua que se desinfectan |
20 ml | 800 |
30 ml | 1200 |
60 ml | 2400 |
100 ml | 4000 |